De acuerdo con lo que dispone el artículo 83 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades los Institutos Universitarios de Investigación, entre otros agentes del conocimiento, o sus miembros a través de él, pueden celebrar contratos con personas, Universidades o entidades públicas y privadas para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, así como para el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de formación. Entre las actividades que puede realizar el Instituto Clavero Arévalo para la consecución de sus fines figura la colaboración con instituciones públicas y privadas para el asesoramiento y la resolución de los problemas relativos al Derecho público (Art. 8 f) de su Reglamento de Funcionamiento interno).
Son numerosos los contratos de investigación que ha gestionado el Instituto en el marco de esta colaboración con otras entidades públicas o privadas y personas físicas.